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miércoles, 7 de mayo de 2014

JUNTA EMPRESARIAL DE SEDAM DECIDIDO A REORDENAR LA EMPRESA SE VIENE UNA REMOCIÓN DE FUNCIONARIOS DE SEDAM

En breve reunión, la Junta Empresarial terminó la adecuación del Estatuto en función de la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 015- 2013-Vivienda.
Al término de la reunión en declaraciones a la prensa, el presidente de la Junta Empresarial, Emerson Nolasco Delgado, manifestó que de esta manera se abre el camino para el reordenamiento de la empresa que ya se aproximaba a la anarquía.
Respondiendo a las interrogantes de los periodistas, señaló que de todas maneras debe realizarse una remoción de funcionarios, tras la inscripción en el Registro Público.
“Ustedes son testigos del comportamiento hostil con que se ha venido desenvolviendo las anteriores reuniones, con una serie de limitaciones, cuando por ética debieron dejar el cargo a disposición. No lo hicieron”, dijo Nolasco Delgado.
En esta oportunidad, la reunión se cumplió, inexplicablemente con ausencia del alcalde de Chilca, Abraham Carrasco Talavera.
La adecuación consistió de alguna manera en pequeñas enmendaduras en determinados artículos, como la consideración a la representación de la minoría por equidad lo que antes no existía.
Para la convocatoria lo hará el presidente de la Junta Empresarial o también el Directorio.
Con estas enmendaduras, un consultor dijo que se ha tratado de enriquecer el estatuto que normará el desarrollo normal de la empresa en su momento de modernizarse, para pasar al Ministerio de Vivienda.

Algo más...
Las disposiciones complementaria modificatoria, señala en su artículo 44, para ser elegido director se deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Contar con título profesional universitario en las carreras de ingeniería, economía, derecho, contabilidad o administración de empresas en este orden de prelación y con estudios de postgrado en gestión de empresas y/o gestión de proyectos o servicios públicos y, b) Acreditar experiencia profesional no menor de cinco (5) años en cargos directivos de empresas públicas o privadas, preferentemente pertenecientes al sector saneamiento, entre otros puntos.

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